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Título

Inclusión

Un enfoque de programación basado en los derechos, destinado a asegurar que todas las personas en riesgo de ser excluidas tengan un acceso igualitario a servicios básicos y tengan voz en el desarrollo e implementación de dichos servicios. Requiere que las organizaciones realicen esfuerzos dedicados para abordar y eliminar las barreras de acceso a los servicios. La inclusión también se refiere más ampliamente a proporcionar un ambiente acogedor para todos los niños, niñas y adolescentes y diseñar un servicio para satisfacer las necesidades de una diversidad de niños, niñas y adolescentes.

Título

Inclusión

Un enfoque de programación basado en los derechos, destinado a asegurar que todas las personas en riesgo de ser excluidas tengan un acceso igualitario a servicios básicos y tengan voz en el desarrollo e implementación de dichos servicios.

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Incorporación de la protección

El proceso de incorporar principios de protección y promover un acceso significativo, seguridad y dignidad en la ayuda humanitaria. Los siguientes elementos deben tenerse en cuenta en todas las actividades humanitarias:

(1) Priorizar la seguridad y la dignidad y evitar causar daños: evitar y minimizar lo más posible cualquier efecto negativo no deseado de su intervención que pueda aumentar la vulnerabilidad de las personas a los riesgos físicos y psicosociales;

(2) Acceso Significativo: organizar el acceso de las personas a asistencia y servicios, en proporción a la necesidad y sin barreras (por ejemplo, discriminación). Prestar especial atención a las personas y grupos que pueden ser particularmente vulnerables o que tienen dificultades para acceder a asistencia y servicios;

(3) Responsabilidad: establecer mecanismos apropiados a través de los cuales las poblaciones afectadas puedan medir la adecuación de las intervenciones y abordar las inquietudes y quejas; y

(4) Participación y empoderamiento: apoyar el desarrollo de autoprotección, capacidades y ayudar a las personas a reclamar sus derechos, incluidos, no exclusivamente, los derechos de vivienda, alimentación, agua y saneamiento, salud y educación.

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Interés superior del niño, niña o adolescente

El derecho del niño, niña o adolescente a que sus intereses superiores sean determinados y utilizados como una consideración primordial a la hora de tomar una decisión. Se refiere al bienestar del niño, niña o adolescente y está determinado por una variedad de circunstancias individuales (como la edad, el nivel de madurez, la presencia o ausencia de los padres, el entorno y las experiencias del NNA). Ver Principio 4.